Las causas, impactos y retos del aumento de habitantes de calle en Medellín
Yuber Alonso Raigoza Sánchez ; Julián David Echeverry Hernández ; Daniel Felipe Gómez Gómez
El incremento de habitantes de calle en Medellín ya es un fenómeno que se ha normalizado, convirtiéndose en un paisaje habitual en diferentes escenarios del espacio público de la ciudad. Según el Plan de Desarrollo Distrital 2024 – 2027 de la Alcaldía de Medellín, el último censo de habitantes de calle lo realizó el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) en 2019. Sin embargo, en ese entonces Medellín registró 3.214 personas en situación de calle (2.738 hombres y 476 mujeres).
Asimismo, el Plan Distrital añadió los registros estadísticos de atención de la ciudad, junto con encuestas de percepción y reportes de prensa, donde indicaron un aumento del 150% de esta población. Entre 2020 y 2023, en total, 9.117 habitantes de calle accedieron a los servicios de atención que ofrece el distrito, de los cuales 7.258 decidieron hacer la ruta de atención integral completa. La información destaca que entre 2020 y 2021 hubo un incremento en las atenciones, debido a las medidas de aislamiento decretadas por el Gobierno Nacional ante la pandemia de Covid-19.
En esa misma línea, el documento también mencionó el crecimiento de la población extranjera en condición de calle, revelando que las personas de origen venezolana pasaron del 7,0 % en 2022 al 8,2 % en 2023. Igualmente, señaló que el 62 % de esta población tiene más de cinco años habitando las calles, y que problemáticas como el consumo de sustancias psicoactivas genera una estrecha relación con la ausencia de un techo, situación que ha terminado por empeorar sus procesos de adicción.
El psicólogo clínico Andrés Sierra planteó: “Hay muchas situaciones inconclusas que no se vienen abordando desde la infancia, adolescencia, adultez. Aparte, súmale una cotidianidad y una sociedad que vive en constante revolución, que te pide ser productivo constantemente. Aparte, ser eficaz; a eso súmale las redes sociales, que a hoy lo que hacen es vendernos una vida de perfección.”
La Ley 1641 de 2013 establece enunciaciones para diferenciar a la población objetivo de su política pública. En el artículo 2, se marca que las personas en condición de calle son aquellas que, por factores personales, familiares, sociales o económicos, se encuentran transitoriamente en esa situación, pero guardan ciertos vínculos sociales o familiares, aunque sean débiles. Paralelamente, precisa al habitante de calle como quien ha hecho de la calle su lugar de residencia, ya sea de forma permanente o temporal, y ha perdido sus lazos familiares y sociales.
Soledad Gómez, vendedora en el Centro de Medellín y ex habitante de calle, expresó: “Algunos miembros de la familia son agresivos y lo que hacen es tirarlos a la calle. Yo sufrí eso; a mí, mi familia me tiró a la calle”.
Aunque la situación ya es crítica desde hace varios años, existen múltiples asentamientos en la ciudad. Según el informe de caracterización y georeferenciación 2023 del Plan de Desarrollo de Medellín, se observó que en la Comuna 10 – La Candelaria y la Comuna 15 – Guayabal, así como en sectores como Niquitao, la Avenida Oriental, la calle La Paz, los alrededores de la Plaza Minorista y la Avenida del Río, entre la calle San Juan y el Parque Norte, son lugares donde más concentraciones se presentan.
No obstante, a pesar de la falta de un censo reciente, el distrito de Medellín desde la Secretaría de Inclusión Social, Familia y Derechos Humanos, constituyó la “Unidad de Programas Sociales Especiales”, enfocada en brindar atención integral, ya sea desde la promoción, prevención, mitigación o superación a grupos poblacionales en situación de vulneración social.
A dicha unidad corresponde el programa “Habitantes de calle con atención e inclusión social”, que ha brindado atención básica relacionada con autocuidado, alimentación, dormitorio y salud, o atención especializada para la resocialización, revinculación social, laboral y familiar a 7.075 habitantes de calle. De esta población, el 62% ha estado en condición de calle más de cinco años y tiene entre los 27 y 59 años de edad, aunque también se evidenció la presencia de 385 jóvenes, correspondiente al 14,7%, según el Plan de Desarrollo “Medellín Te Quiere”.
“Hoy se generan muchos más aspectos que atrofien o impacten directamente la salud mental de las personas, y que encuentren en estos espacios, un espacio de libertad, de no sentir que deban cumplir reglas o que puedan abordar y tratar sus problemas de una manera distinta. Esto es una manera de evitación o de evasión a problemas sociales, estructurales y psicológicos no abordados de las personas,” añadió el psicólogo Sierra.
El distrito cuenta con un sistema de atención para ciudadanos habitantes de calle; sin embargo, el incremento de esta población ha superado la capacidad institucional para atenderla, haciendo que estrategias como la Corporación Centro Día no dispongan de los cupos suficientes para la atención, así lo expone el Plan de Desarrollo “Medellín Te Quiere”.
Soledad Gómez afirmó que en Medellín existen programas de apoyo para los habitantes de calle, como la Corporación Centro Día, donde ella misma ha recibido atención básica, alimentación, acompañamiento psicológico, así como la entrega de ropa y medicamentos.
Ahora bien, este plan subraya la importancia de abordar esta situación y atender a la población conforme a la Ley 1641 de 2013, la cual establece lineamientos generales para la formulación de políticas públicas dirigidas a garantizar, promover, proteger y restablecer los derechos de las personas habitantes de la calle, con el propósito de lograr su atención integral, rehabilitación e inclusión social.
Entre sus principales lineamientos de la Ley 1641 de 2013, se halló el enfoque diferencial por ciclo vital, la participación social, la coordinación entre entidades del Estado y la corresponsabilidad entre familia, sociedad y Estado. Al mismo tiempo, la ley examina fases claras para la formulación, implementación y evaluación de impacto de las políticas, e identifica componentes fundamentales como la atención en salud, el desarrollo humano integral, la convivencia ciudadana y la formación para el trabajo y la generación de ingresos. Todo con base en una caracterización sociodemográfica que oriente la intervención efectiva.
Según, el abogado Rubén Mazo, conocedor del sector público, explicó que cuando se vulneran los derechos de las personas habitantes de calle, existen en el país acciones constitucionales, como la tutela o la acción popular, que autoriza a exigir su integración y el cumplimiento de los derechos que se vulneran.
En consecuencia, el Plan de Desarrollo “Medellín Te Quiere” resaltó la importancia de fortalecer las metodologías de atención diferencial en la oferta institucional encaminada a los habitantes de calle, el acceso a oportunidades, espacios y alternativas adecuadas para los procesos de resocialización. También, de manera especial la atención oportuna a su salud, permitiéndoles mitigar o superar su situación de vulnerabilidad.